Ley de Justicia Comunitaria del Estado de Zacatecas
ARTÍCULO 14
En los juzgados se llevarán los siguientes libros, formatos y boletas:
I. Libro de infracciones, en el que se asentarán por número progresivo, los asuntos que se sometan al conocimiento del juez comunitario;
II. Libro de arrestados;
III. Libro de asuntos civiles, mercantiles y familiares, en trámite arbitral;
IV. Formas foliadas para citatorios y boletas de presentación; y
V. Formas foliadas para emitir resoluciones que califiquen infracciones comunitarias.
Regresar a Ley de Justicia Comunitaria del Estado de Zacatecas