Ley de Justicia Comunitaria del Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 14

En los juzgados se llevarán los siguientes libros, formatos y boletas:

I. Libro de infracciones, en el que se asentarán por número progresivo, los asuntos que se sometan al conocimiento del juez comunitario;

II. Libro de arrestados;

III. Libro de asuntos civiles, mercantiles y familiares, en trámite arbitral;

IV. Formas foliadas para citatorios y boletas de presentación; y

V. Formas foliadas para emitir resoluciones que califiquen infracciones comunitarias.

Regresar a Ley de Justicia Comunitaria del Estado de Zacatecas

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

REVISTA EN CORTO
Num. 6Num. 5
Página generada en 0.226166 segundos