Ley para el Desarrollo Turístico del Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 26

La Secretaría solicitará a la Secretaría de Obras Públicas la delimitación de las áreas de actuación y la determinación de las zonas de uso y destino turístico, observando el programa de desarrollo urbano del Estado y los planes estatal y municipales de desarrollo urbano.

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