Ley que Crea el Instituto Zacatecano de Cultura "Ramon Lopez Velarde"

ARTÍCULO 27    Ver reforma

El Consejo Técnico sesionará de manera ordinaria o extraordinaria, pudiendo ser alguna de ellas solemne.

Las sesiones ordinarias del Consejo Técnico serán bimestrales. Las sesiones ordinarias en primera citación, tendrán validez con la presencia de la mayoría simple de sus miembros; las sesiones ordinarias, en segunda citación, se realizarán con los miembros que asistan. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

Las sesiones extraordinarias se realizarán cuantas veces sea necesario a petición del Coordinador General y se ajustarán a lo establecido en el párrafo anterior.



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