Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado de Zacatecas

Artículo 190

La internación es una medida de seguridad dirigida a inimputables y enfermos mentales de carácter médico, y su finalidad es proveer al interno el tratamiento médico y técnico multidisciplinario orientado al padecimiento. 



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