Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado de Zacatecas
Artículo 112
Las sanciones que se impongan a cada interno se anotarán en el expediente personal respectivo. En caso de que la falta cometida pudiere constituir algún delito, se hará la denuncia respectiva ante el Ministerio Público.