Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado de Zacatecas

Artículo 74

Los Centros y Establecimientos Penitenciarios dependen de la Dirección General, y para su funcionamiento dispondrán, en la medida que lo permita su presupuesto, de las áreas de seguridad, custodia y administración y las áreas técnicas siguientes: médica, psicológica, pedagógica, trabajo social y mediación. 



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REVISTA EN CORTO
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