Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado de Zacatecas

Artículo 53

La supervisión y evaluación de las labores escolares de cada interno la efectuará el área técnica correspondiente del Centro o del Establecimiento Penitenciario. El interno que realice actividades de enseñanza merecerá mención especial en su expediente personal.



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REVISTA EN CORTO
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