Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado de Zacatecas

Artículo 35

En los Centros se buscará que el sentenciado adquiera el hábito del trabajo y que éste sea una fuente de autosuficiencia personal y familiar, tomando en consideración su interés, vocación, aptitudes y capacidad laboral, para lograr la reinserción social de los internos. 



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REVISTA EN CORTO
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