Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado de Zacatecas

Artículo 31

La atención técnica interdisciplinaria se desarrollará conforme a las siguientes bases:

I. El estudio científico de la constitución, temperamento, carácter, aptitudes y actitudes del sujeto a tratar, así como su sistema dinámico motivacional y el aspecto evolutivo de su personalidad, conducente a una evaluación global de la misma, que se recogerá en el expediente del interno; 
II. El resumen de su actividad delictiva y de todos los datos ambientales, ya sea individuales, familiares o sociales del interno; 
III. La individualización, partiendo de métodos médicos-biológicos, criminológicos, psicológicos, psiquiátricos, educativos y sociales, con relación a la personalidad del interno, y 
IV. La continuidad y dinamismo, dependientes de las incidencias en la evolución de la personalidad del interno, durante el cumplimiento de la condena.



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