Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado de Zacatecas

Artículo 7

La ejecución de las sanciones y medidas de seguridad en todas sus modalidades, estará sometida a la vigilancia y control judicial y se desarrollará con respeto a los derechos humanos y con sujeción a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas,  y las leyes y reglamentos aplicables.



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REVISTA EN CORTO
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