Ley de Extinción de Dominio del Estado de Zacatecas

SEGUNDO

En términos de la fracción I del artículo 3 de este Decreto, se aplicará supletoriamente el Código de Procedimientos Penales para el Estado, en los plazos y formas señalados en el artículo primero transitorio del Código Procesal Penal para el Estado.



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