Ley de Justicia Alternativa del Estado de Zacatecas

Artículo 2

Objeto
Esta Ley tiene por objeto:
I. Hacer posible el acceso de los particulares a los procedimientos alternativos establecidos en esta Ley para la solución de conflictos;
II. Establecer los principios, bases, requisitos y condiciones para desarrollar un sistema de métodos alternativos para la solución de los conflictos entre particulares;
III. Crear un órgano del Poder Judicial, especializado en la conducción y aplicación de métodos alternativos para la solución de conflictos y regular su funcionamiento;
IV. Determinar y regular los procedimientos y órganos para la solución de controversias, así como su ejecución;
V. Precisar los requisitos que deben reunir los especialistas en la conducción y aplicación de procedimientos alternativos para la solución de conflictos;
VI. Establecer los requisitos y condiciones en que los particulares o dependencias del Poder Ejecutivo, podrán aplicar los métodos alternativos para la solución de conflictos; y
VII. Establecer el régimen de responsabilidad administrativa de los especialistas encargados de conducir los procedimientos alternativos para la solución de controversias.

Regresar a Ley de Justicia Alternativa del Estado de Zacatecas

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

REVISTA EN CORTO
Num. 6Num. 5
Página generada en 0.210284 segundos