Ley del Tribunal de Lo Contencioso Administrativo del Estado y Municipios de Zacatecas

ARTÍCULO 80

En el caso de que la sentencia que haya causado ejecutoria sea favorable al particular, en el oficio por el cual se notifique a la autoridad demandada, se le prevendrá para que dentro del término de quince días informe sobre su cumplimiento.

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