Ley para Reconocer el Mérito Ciudadano

ARTÍCULO 41

Para ser miembro de un Jurado se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano;

II. Tener un modo honesto de vivir;

III. Haber destacado por sus cualidades cívicas; y

IV.Tener la calificación técnica o científica necesaria, cuando la naturaleza del premio así lo requiera.

Regresar a Ley para Reconocer el Mérito Ciudadano

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

REVISTA EN CORTO
Num. 6Num. 5
Página generada en 0.239511 segundos