Ley para Reconocer el Mérito Ciudadano

CAPÍTULO VI
PREMIO ESTATAL DE ARTES

ARTÍCULO 19    Ver reforma

El Premio Estatal de Artes, denominado Francisco Goytia se otorgará a quienes por sus acciones, por sus producciones o trabajos docentes, de investigación o de divulgación hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del País o del Estado, en el campo del arte o en cualesquiera de sus manifestaciones.



ARTÍCULO 20
Este premio se tramitará ante el Instituto Zacatecano de la Cultura, cuyo Titular será el Presidente del Consejo de Premiación, estará integrado además, con un representante de la H, Legislatura del Estado, por el Director del Consejo Estatal de la Cultura y las Artes y por el Rector de la Universidad Autónoma de Zacatecas.

ARTÍCULO 21    Ver reforma

La presea consistirá en una medalla de plata en cuyo anverso ostentará grabado el rostro de Francisco Goytia y la leyenda "Honor y Reconocimiento"; en el reverso el Escudo de Armas de la Ciudad Capital del Estado y la leyenda "El Trabajo Todo lo Vence", pendiente de un collar de seda color tinto.
 



ARTÍCULO 22
El Consejo podrá proponer al Gobernador del Estado que las preseas se acompañen de entrega de numerario o especie.




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