Ley del Tribunal de Lo Contencioso Administrativo del Estado y Municipios de Zacatecas
ARTÍCULO 77
Serán causas de nulidad de los actos impugnados:
I. Incompetencia de la autoridad;
II. Omisión o incumplimiento de las formalidades legales con las que deban cumplir;
III. Violación de la ley, su indebida aplicación o su inobservancia; y
IV.Arbitrariedad, desproporción, desigualdad, injusticia manifiesta o cualquier otra causa similar.
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