Ley de Justicia para Adolescentes en el Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 133

En la audiencia de comunicación de la sentencia deberán estar presentes el adolescente, su defensa o representante legal y el ministerio público. Durante la misma, el juez comunicará la sentencia y proveerá lo necesario para su ejecución. En caso de que la sentencia sea condenatoria, el juez explicará al adolescente la medida que ha decidido imponerle, las razones por las que ha decidido hacerlo, las características generales de la ejecución de la medida y las consecuencias de su incumplimiento. En especial le prevendrá de la posibilidad de que se agrave la medida e incluso se llegue a aplicar el internamiento de conformidad con lo dispuesto en esta Ley. Estas advertencias formarán parte integral de la sentencia.

Una vez realizado el acto de comunicación de la sentencia, levantará la sesión.


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