Ley de Justicia para Adolescentes en el Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 12

Se entiende por formación integral del adolescente, toda actividad dirigida a fortalecer el respeto por su dignidad y por los derechos fundamentales de todas las personas, así como aquella dirigida a que éste asuma una función constructiva en la sociedad.

Se entiende por reinserción, toda actividad dirigida a garantizar el ejercicio de los derechos del adolescente en el seno de su comunidad y de su familia, conforme a las previsiones de esta Ley.


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