Ley del Notariado para el Estado de Zacatecas
ARTÍCULO 26
Cuando no exista acuerdo en la elección del notario, tendrá derecho a elegirlo el transmitente si el acto fuere a título gratuito, si hubiere pago diferido del precio, en proporción que excediere del veinte por ciento del total; o se trate de ventas realizadas por orden judicial.
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