Ley del Notariado para el Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 4

Por constituir la función notarial una garantía institucional para la sociedad, el Estado, el Colegio de Notarios y el notariado tienen la obligación de proporcionar a la sociedad el servicio notarial de la mejor calidad posible.

Las partes interesadas en lograr este objetivo podrán celebrar entre sí convenios o tomar acuerdos para hacer realidad el cumplimiento de esa obligación y así proporcionar a la comunidad, de manera continua y permanente, un servicio notarial óptimo.

Regresar a Ley del Notariado para el Estado de Zacatecas

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

REVISTA EN CORTO
Num. 6Num. 5
Página generada en 0.208661 segundos