Ley del Notariado para el Estado de Zacatecas

RESULTANDO SEGUNDO

En fecha 29 de Noviembre del mismo año, por acuerdo del Presidente de la Quincuagésima Octava Legislatura, mediante el memorándum 1357, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 56 fracción I y 59 párrafo primero, fracción I de nuestro Reglamento General, la Iniciativa de referencia fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.

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