Ley del Tribunal de Lo Contencioso Administrativo del Estado y Municipios de Zacatecas

ARTÍCULO 18-C    Ver reforma

El Magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo atenderá los asuntos administrativos urgentes, en tanto se convoque y sesione válidamente la Comisión de Administración. En los casos de asuntos que ameriten una resolución impostergable, dicho funcionario podrá tomarla provisionalmente, hasta en tanto se reúna la Comisión para resolver en definitiva.

Cuando la Comisión de Administración estime que sus acuerdos o resoluciones pudieran resultar de interés general, deberá solicitar su publicación en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado.



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