Ley que Crea el Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas

ARTÍCULO PRIMERO

Para integrar la primera planta de personal académico podrán dispensarse los cursos de oposición, señalados en el segundo párrafo del Artículo 16 de este ordenamiento, cuidando que se satisfagan los requisitos contenidos en el Artículo 9.

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REVISTA EN CORTO
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